Respuesta correcta: D.
Base normativa
Reglamento, artículo 120; Ley N.° 32069, artículo 81.
“El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobada”
Explicación
Aplicar una penalidad no elimina el derecho a discutir el retraso. El Reglamento también contempla la acreditación objetiva de que el atraso no resulta imputable al contratista. La controversia debe tramitarse por el mecanismo y plazo aplicables.
Ejemplo práctico
El contratista cuestiona días penalizados durante los cuales la entidad impidió el acceso necesario para ejecutar la prestación.
Clave OECE: penalizar no elimina el derecho a controvertir.